Revista Digital: “Como se refleja la competencia dentro del catalogo de Convenio Marco, bajo el nuevo modelo”

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“La interrogante que queda, es si realmente existe competencia en el  nuevo modelo de convenios marco, basado en la selección de un numero limitado de proveedores y productos”  

 

Estimados lectores, ya estamos llegando a fin de año, donde esta es la última edición del año 2021, donde la revista información de mercados (1), me ha permitido entregar mi visión respecto a la compra pública, intentando siempre de proporcionar una opinión objetiva, sobre los cambios que se han realizado durante esta administración. 

 

Durante este año, hemos visto como se profundizaron los cambios en el modelo de convenios marco, donde lo que se expuso durante este año, en esta columna de opinión, tenia como objetivo informar a los proveedores que debían entender que la eliminación de este procedimiento, no seria tal, sino mas bien un cambio profundo en la forma de realizar este tipo de procedimiento de compra, donde el foco, estaba claramente definido en el ahorro en los precios y no en la gestión, y para que cuando quisieran postular a este tipo de procedimiento de compra, convenio marco, no lo realizaran pensando en el antiguo modelo. 

 

Tal fue el nivel de desinformación, que muchos de los procedimientos de licitación por convenio marco, al momento de analizar las Bases de Licitación, en la etapa denominada de preguntas y respuestas a las bases, ustedes recordaran la gran cantidad de preguntas que apuntaban, a lo mal que estaban construidas las bases de licitación, en temas relevantes, tales como; el numero de productos que se requerían y la cantidad de proveedores adjudicados. Donde un  numero importante de licitaciones se judicializaron, donde un par de ellas, aun esta pendiente de resolver, por parte de los Tribunales ya sea Tribunal de Compras, como el Tribunal sobre la Libre competencia. 

 

Como no olvidar la eliminación de convenios marcos, de categorías en las distintas industrias, mix de productos con marcas bien definidas, dejando fuera una cantidad importante de productos, bajo la lógica que no eran estándar o que no tenían una alta rotación en el mercado público, para finalmente los poco y nada de productos catalogados, traerían como consecuencia un catálogo de convenio marco estático. 

 

Sin embargo los argumentos que fueron proporcionados por la entidad encargada de la compra pública, fue que el antiguo modelo de convenio marco, existían plazos extremadamente largos, los proveedores adjudicados al administrar su productos creaban fichas con formatos, que no existían en la realidad, para efectos de no ser comparados, fotografías poco legibles, precios fuera de mercado y finalmente la administración de proveedores y productos, por parte de la entidad encargada de la compra publica, escapaba a su estructura organizacional. 

 

Por ende definieron, que los nuevos convenios Marco (2), debían cumplir con criterios tales como: productos estandarizables, de consumo frecuente y transversal para el Estado, alta demanda, entre otros y que si cumplían con lo anterior, generarían principalmente ahorros en precios para el Estado. 

 

Adicionalmente, se crearon para efectos de amortiguar el impacto de este nuevo  procedimiento de convenio marco, nuevos modelos de compra que permitieran a los compradores públicos cumplir con sus presupuestos y planes anuales de compra.  

– Compra Ágil (3), la cual debería cubrir, la compra menor a 30UTM, generando un acceso fácil y directo, a través de un modulo similar a un cotizador, que en un principio se hablo que estaba construido para las Pymes, pero luego los números comenzaron a reflejar que esta herramienta no estaba cumpliendo el objetivo para la cual fue construido. 

– Bases Tipo (4), otro modelo de compra, de baja utilización por parte de los comprados, debido a su escasa difusión, con reglas predefinidas, y que la única ventaja es, utilizar un formato pre autorizado por la Contraloría General de la Republica, para efectos de acotar los plazos, pero no se visualiza, que esta modalidad tuviera como objetivo el ahorro en los precios, porque en realidad es una licitación como toda otra, donde el universo de compras que se pueden realizar bajo esta modalidad es muy baja, porque si analizan el reglamento existe un mínimo dependiendo de la región donde se origina la licitación, donde estas licitaciones quedan exentas de Toma de Razón.  

 

Por lo anteriormente expuesto, durante este año 2021, basados en el nuevo modelo de convenio marco, la interrogante que queda es ¿ Realmente este nuevo enfoque, genera competencia?, la respuesta es muy simple pareciera ser que no, porque la “Competencia” dentro del catalogo no existe al momento de adjudicar porque el espacio que tienen los proveedores dentro del catalogo es muy difícil de cubrir sobretodo, en una economía con tanta incertidumbre, donde la variación de los precios, es demasiado dinámico, quedando rápidamente fuera de mercado, además que como son pocos proveedores y productos adjudicados, no existe la dinámica de competir, objetivo que supuestamente el nuevo modelo generaría. 

 

Por ende, el nuevo modelo de convenio marco, lo único que genero, fue dejar a un sin numero de empresas sin poder participar de este nuevo modelo, porque no cumplían con requisitos que este solicita, generando “competencia a la entrada”, y no dentro del catalogo, donde realmente se realiza la compra. Lo que quiero decir, es que el objetivo perseguido no se cumple, y es un error  el enfoque planteado, como además las herramientas que amortiguarían el impacto de este cambio ( compra ágil, bases tipo), tampoco dieron el ancho. 

 

Finalmente otro hito importante, fue el envío del proyecto de ley, por parte del Ministerio de Hacienda,  para reformar la Compra Pública, que aún se encuentra en la comisión de economía del Senado, donde muchas organizaciones han entregado sus puntos de vista, sobre este proyecto de ley, donde quedo claramente refrendado, que este proyecto de ley, esta muy lejos de recoger lo que el mundo comprador y proveedor, esperan de la misma. 

 

En conclusión esperemos que el próximo año 2022, sea un año, donde realmente la compra pública, sea un mercado donde todos puedan participar, en sus distintos procedimientos de compra, con un fuerte “foco en el ciudadano”, que es finalmente, el que se ve afectado, cuando el Estado no es capaz de entregar un servicio, por motivos de la burocracia, creada por  nuevos procedimientos, que no cumplen el objetivo, que se persigue. 

 

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