Opinión: Los cambios en la Forma de comprar del Estado Chileno, con la nueva Ley 21.634 

Con la publicación en el diario oficial de la Ley 21.634 sobre la modernización en la forma de comprar del Estado chileno, este generará una serie de cambios en este Mercado Público que los proveedores deberán tener presente al momento de realizar sus ofertas. 

Revista Digital – Información de Mercados – Noticia Diaria

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Estimados lectores, esperando que se encuentren bien, ya estamos en el último mes de año preparándonos para Navidad y año Nuevo, y la compra pública nos sorprende con la publicación de la nueva ley de compras 21.634, que seguramente marcará un hito en la forma de comprar del estado, y que significará un año 2024 lleno de aprendizaje ya sea para compradores como proveedores, que deben ser capaces de adecuarse a las nuevas reglas que impone esta Ley.  

En lo personal, creo que esta Ley viene a corregir algunas falencias que tenía la antigua ley 19.886, que generaba espacios de discrecionalidad que, sin lugar a dudas, esta nueva ley las corrige, según el legislador. En la práctica se verá si fueron efectivos los cambios o que otros espacios se abrirán, porque los mercados son dinámicos y la legislación es un poco lenta, porque pasaron 20 años en crear esta nueva forma de comprar. 

Sin lugar a dudas, tener una nueva ley después de 20 años, era de sentido común modificarla, y ajustarla a los nuevos tiempos, considerando un cierto nivel de madurez en el mercado público, donde los compradores ya aprendieron a realizar sus procesos de compra a través de una plataforma electrónica, y los proveedores de la misma forma la adoptaron como su herramienta de venta. 

En este sentido existe una serie de artículos en la Ley que no entraré a comentar, porque para ello existen una serie de personas que realizarán capacitaciones o hablarán en redes sociales sobre el tema, pero en lo especifico, cuando salga el reglamento, entiendo que en seis meses más, sobre los procedimientos de compra que esta ley incorpora, podré dar mi opinión más informado, de cómo éstos serán regulados y no anticiparse porque además deberán estar las herramientas tecnológicas disponibles, para darle vida a esta nueva forma de comprar, y evaluar el grado de permeabilidad de los procesos de compra en los proveedores y compradores, sobre todo en la utilización de los mismos en las distintas industrias.  

Por ejemplo, para efectos de entender estos cambios, solo con la publicación de esta ley, se activa el capítulo VII, donde establece la transparencia en la etapa de “PRECOMPRA” e indica “Además, se podrán realizar reuniones presenciales o virtuales entre funcionarios de un organismo comprador y los potenciales proveedores, con el fin de obtener información sobre dicho bien o servicio, información que también deberá quedar pública en el sistema.” Este solo párrafo está permitiendo generar reuniones y debemos ver como lo considerarán los organismos públicos, a esto me refiero con ser cautelosos de la forma en la cual se aplicará esta ley. Ver siguiente link 

Esta nueva forma de comprar generará un tremendo desafío para el organismo encargado de la compra pública que, con una nueva ley y una nueva directora, está todo listo y dispuesto para que la implementación de esta ley, en forma práctica y tecnológica, sea de una rápida adaptación para comenzar a ver resultados dentro de los próximos dos años. 

Finalmente, mencionar que continúan los distintos procedimientos de compra que actualmente conocemos, tanto así que, recién el jueves pasado se adjudicó el Convenio Marco ID: 2239-8-LR23 denominado “CM Adquisición de Vehículos y Maquinarias” 

Creado por Carlos Campos Parra, Gerente General de CGCE