Opinión CGCE: Convenio Marco un procedimiento de compra del Estado Chileno que cumple con el objetivo de eficiencia en el gasto público 

El organismo encargado de la compra pública, durante estos primeros meses del año, ha publicado tres procesos de compra de convenios marco con ciertos cambios en su forma de adjudicar, que permitirán mayor competencia dentro del catálogo. 

Revista Digital – Información de Mercados – Noticia Diaria

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Estimados lectores, esperando que se encuentren bien, ya estamos en el segundo mes de año y casi visualizando marzo, y el mercado público continua con sus distintos procesos de compra y obviamente trabajando en la plataforma para mejorar las aplicaciones que soportarán los nuevos procedimientos de compra y mejorando los actuales. 

Por lo anterior, me referiré al convenio marco de Desarrollo y Mantención de Software y otros serv. Id. 2239-13-LR23, debido a la importancia de este convenio, sobre todo en la compra de tecnología para el estado, el cual tiene la fusión de dos convenios que están en operación y muy prontos a terminar, me refiero a los 2239-5-LR22 IaaS y enlace de Datos con el 2239-1-LR22 de Desarrollo y Mantención de software. 

Lo interesante de lo anterior es que, al fusionar estos convenios, se está intentando implementar lo mejor de ambos, por ejemplo, continuar validando que las barreras de entrada no sean tan rígidas, pero si cuidando que los proveedores tengan experiencia en los servicios que serán contratados, permitiendo a través de la cláusula de adjudicación un número no menor de proveedores que puedan adjudicar. Esto permitirá que la competencia se traslade dentro del catálogo, con un sistema de cotizador, además incorporando lo establecido en el reglamento, que el máximo a comprar en una sola orden de compra a través de convenio marco alcance las 25.000 UTM, permitidas por reglamento antes de ir a toma de razón a la contraloría, facilitando de esta forma lo que siempre he estado escribiendo, el “ahorro se traslada a la gestión”, porque en un par de semanas se podrá dar solución a una compra que podría fácilmente demorar un par de meses. 

Continuando con los convenios de tecnología, en el id 2239-1-lr24 convenio marco Computadores Portátiles Desktop y AIO, que se compran a través de la modalidad de carrito, particularmente tiene una barrera de entrada, que es la “experiencia” en la comercialización de estos productos, que si bien es cierto se bajó la ponderación en este criterio, igualmente deja a un número de proveedores sin poder postular, a pesar que la barrera artificial creada con la autorización del Fabricante o Distribuidor, premia al Distribuidor cuando es multimarca. Es interesante ver como la Industria responde a este tipo de exigencia a los oferentes, cuando las marcas no postulan directamente. De acuerdo con lo anterior, se trasladará la competencia dentro del catálogo con al menos cinco marcas distintas en cada gama definida, es decir ahorro en la gestión, sin embargo, se debe mejorar aún más la cláusula de adjudicación para que más proveedores puedan generar ahorros al estado cuando la competencia entre las marcas sea con más proveedores. 

Otro convenio interesante es el 2239-21-LR23 de Insumos y Dispositivos Médicos, que si bien es cierto no es un cotizador, sino que a través del carro de compras donde se buscan los productos y se emite la OC, sin embargo la cláusula de adjudicación permite que las barreras de entrada no sean tan estrictas, a pesar que se busca a la entrada, que los proveedores que participen si tengan experiencia en el rubro lo cual permite una tranquilidad al comprador público al momento de realizar la compra, además, que existen los productos como genéricos, proponiendo dos opciones de marcas, que se encuentren registradas en INAPI y/o UNIBRANDER. Sin embargo, aún existen falencias que se deben ir corrigiendo, sobre todo en este tipo de convenios con productos, donde los  Fabricantes o Distribuidores definen al proveedor que debe participar en este mercado, lo que provoca que muchas empresas que quieren comercializar a través de éste convenio no lo podrán hacer, trasladando la competencia en la entrada, generando una barrera que la coloca el mercado y no tiene sentido, porque la competencia se debe realizar dentro del convenio, como además mejorar el mix de productos a licitar, para que al menos abarque el 80% de los productos comprados por el Estado, y de esta forma, generar realmente un ahorro en la gestión

En mi opinión, estos nuevos convenios marcos que se han publicado, ya dejan de ser tan estrictos en la entrada, por ende, se comienza a entender que la real competencia se realiza dentro del catálogo, y no a la entrada. Los convenios que adjudicaban pocos proveedores, quedo demostrado, que no fueron exitosos, y lo bueno que se comienzan a corregir, solo falta que el catálogo sea más flexible en su operación, pero al menos se visualiza que su nivel de transacciones a fin de año será muy superior al año 2023. 

Creado por Carlos Campos Parra, Gerente General de CGCE